Normas de seguridad para el buceo recrativo

El Estado Español ha  publicado, en el Boletín Oficial del Estado,  con fecha 26 de junio de 2020, la normativa de seguridad para el buceo, aplicable en las aguas jurisdiccionales españolas, que entra en vigor a partir del día 1 de julio de 2020.

Esta normativa abarca todas las modalidades de buceo, desde el buceo en apnea hasta el  buceo profesional y militar, incluyendo, por supuesto, el buceo recreativo que es el objeto de nuestro interés.

El Real Decreto elimina algunas normativas previas, ya obsoletas, pero todavía aplicables por no haber una normativa posterior. También permite adaptarse a los cambios técnicos que se puedan ir sucediendo en la práctica del buceo, evitando la rigidez en la construcción del texto normativo.

Pero lo mejor, para toda aquella persona, física o jurídica, que esté interesada en el buceo recreativo, es que lea el texto completo del Real Decreto, para lo cual, os ofrecemos un enlace al mismo.

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